Cuando una pensión fijada judicialmente o aprobada por el tribunal no se paga, el primer paso es determinar con precisión qué períodos están adeudados y qué abonos se realizaron. Una liquidación correcta evita confundir deuda, reajustes y pagos parciales.
Ordena la información
Guarda la resolución o acuerdo vigente, la libreta o cuenta destinada al pago, cartolas bancarias y comprobantes. Prepara una lista cronológica de meses pagados, impagos y abonos extraordinarios. Si hubo pagos directos de gastos, consérvalos separados para que puedan analizarse jurídicamente.
Solicitud de liquidación
El tribunal puede practicar o revisar una liquidación de la deuda. Las partes deben examinar sus períodos, montos y abonos. Si detectas un error, es importante observarlo dentro de la oportunidad correspondiente y acompañar respaldo.
Mecanismos de cobro
La legislación contempla medidas y procedimientos para obtener el cumplimiento, incluida la investigación de fondos en determinadas cuentas o instrumentos financieros cuando se cumplen los requisitos. La medida adecuada depende del estado de la causa, la deuda liquidada y la información patrimonial disponible.
Registro Nacional de Deudores
La incorporación al Registro produce efectos legales y puede relacionarse con distintos trámites. No todo atraso genera automáticamente el mismo resultado: debe revisarse la existencia de deuda, su liquidación y las resoluciones dictadas en la causa.
No elimines cartolas ni conversaciones relacionadas con pagos. Una revisión ordenada permite escoger el mecanismo de cumplimiento pertinente y responder oportunamente si la liquidación contiene diferencias.
Esta guía entrega información general y no reemplaza la revisión de los antecedentes concretos de tu caso.
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