Un nuevo precedente en materia de responsabilidad civil contractual ha marcado la pauta esta semana. La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó un fallo de primera instancia que condena a una importante entidad de servicios al pago de una cuantiosa indemnización por daño moral, tras acreditarse una falta de diligencia en la ejecución de un contrato de servicios complejos. El giro en la cuantía del daño moral Lo relevante de esta sentencia no es solo la condena, sino el criterio utilizado por los ministros para avaluar el sufrimiento psíquico y la frustración del cliente. A diferencia de años anteriores, donde el daño moral en materia civil solía ser evaluado de forma restrictiva, el tribunal señaló: “La sola infracción del contrato no agota la responsabilidad, sino que la afectación a la integridad psíquica y la pérdida de tiempo de vida del consumidor deben ser resarcidas de manera integral y no simbólica”. Puntos clave para entender este precedente: ¿Cómo afecta esto a empresas y particulares? Este escenario jurídico obliga a ambas partes a ser mucho más rigurosas en la gestión de sus contratos: Especialistas en Litigios Civiles En Tacam, nuestra área civil se especializa en la redacción estratégica de contratos y en la defensa judicial ante incumplimientos. La correcta determinación de los perjuicios es la clave para una resolución exitosa.